VISTO:
la
solicitud presentada por Devoto Hnos SA, para que se deje sin efecto la multa que se le
impuso mediante la Resolución N° 331/016 de fecha 1º de noviembre de 2016;
RESULTANDO:
I)
que mediante la cita Resolución se le aplicó a Devoto Hnos SA una multa de
Unidades Indexadas 3.000, ante la omisión en el formulario Nº 0022-1-2016
derivada de no aportar en plazo la información solicitada por esta Unidad
Reguladora, en el marco de una denuncia contra dicha empresa por incumplimiento
a la normativa de etiquetado de eficiencia energética;
II)
que se solicitó por parte de la empresa sancionada, la consideración y
revocación de la multa, atento a que, según consta en nota de fecha 1° de junio
de 2016, la empresa en definitiva habría aportado la documentación requerida;
CONSIDERANDO:
I)
que de acuerdo a lo informado por la asesora jurídica de esta Unidad Reguladora,
se constató que con fecha 8 de abril de 2016, le fue notificado a Devoto Hnos SA
en el trámite del Formulario N° 0022-3-2016, la solicitud de presentación de
las facturas de compra unos productos eléctricos que se habían detectado con
incumplimientos a las normativas de etiquetado de eficiencia energética;
II)
que habiendo transcurrido un plazo prudencial sin que se cumpla con lo
requerido y atento a lo dispuesto en la Resolución N° 37/013, se formó el
expediente 0380-02-006-2016 a fin de evaluar la aplicación de la sanción
correspondiente ante el incumplimiento;
III)
que concomitantemente a la tramitación del citado expediente, la empresa había
presentado en el Formulario respectivo, una nota solicitando prórroga del plazo
y finalmente adjuntó las facturas requeridas con fecha 1° de junio de 2016;
IV)
que se dictó con fecha 1º de noviembre de 2016 la Resolución N° 331/016
imponiéndole una multa a la empresa equivalente a 3.000 Unidades Indexadas, por
la no presentación en plazo de la documentación requerida,
V)
que tomando en consideración que a pesar de la dilación temporal, la empresa
habría dado cumplimiento a lo requerido, en el informe jurídico de fecha 18 de
noviembre de 2019, se sugiere hacer lugar a lo peticionado por Devoto Hnos SA y
revocar la multa impuesta;
VI)
que corresponde revisar la sanción dispuesta y resolver en consecuencia;
ATENTO:
a lo
expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002
(con sus posteriores modificaciones), la Resolución Nº 37/013, de fecha 17 de
abril de 2013, y sus modificativas y concordantes
EL
DIRECTORIO
RESUELVE:
1) Revocar por
contrario imperio la multa aplicada a Devoto Hnos SA mediante Resolución Nº
331/016 de fecha 1º de noviembre de 2016, en atención a lo expuesto y a lo que
surge de obrados.
2) Notifíquese.
Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y
modifíquese la base de Sanciones.
3) Pase a la División
Gestión de Recursos (Administración y Finanzas) a su conocimiento y cumplido
archívese sin perjuicio.
|